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El Gobierno dio de baja una importante compañía de seguros y ya no le permitirá operar

A través de la Resolución 600/2024 publicada en el Boletín Oficial este miércoles 20 de noviembre, el Gobierno decidió cerrar una reconocida compañía de seguros debido a una serie de “irregularidades operativas” y problemas de control y transparencia. 

La baja de TPC COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. fue reglamentada por la Superintendencia de Seguros de la Nación tras identificar anomalías en el pago a tanto asegurados como damnificados, además de registros incompletos o incorrectos, contabilidad desordenada, una mala gestión interna y movimientos sospechosos de dinero.

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La decisión del Gobierno de prohibir esta empresa de seguros: ¿qué dice el boletín oficial?

La medida que tomó el Gobierno con la compañía de seguros

De acuerdo con lo publicado en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación resolvió “revocar la autorización para operar en seguros”. Además, le prohibió administrar sus bienes, efectivamente “congelando” todas sus cuentas bancarias.

Esta definición le impide realizar actos de administración, inclusive todo movimiento bancario, y llama a una Inhibición General de Bienes que establece que la empresa no podrá disponer de más dinero en efectivo que “importe superior al Fondo Fijo que a la fecha haya aprobado, por lo que cualquier saldo que lo exceda debe ser ingresado en cuenta bancaria a su nombre, dentro de las 24 horas hábiles”.

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¿Qué decidió el Gobierno sobre esta reconocida compañía de seguros?

¿Qué irregularidades detectó el Gobierno en esta importante empresa de seguros?

Luego de una exhaustiva inspección, el 31 de marzo de este año, las autoridades identificaron que la empresa carecía del capital necesario para operar de manera correcta: tenía un déficit del 151% más del que le es exigible. Además, por cada peso que debería tener disponible, solo tenía 11 centavos.

La superintendencia identificó que no tenía suficiente dinero para cumplir con sus responsabilidades legales y afirmó que la compañía “se sustrajo a su obligación de honrar los compromisos con asegurados y damnificados, así como también, su absoluto desinterés por sujetarse al control”.

A su vez, el Estado argumentó que a través del retraso de pagos y los reiterados perjuicios a sus clientes, la aseguradora violó lo establecido en los artículos 109, 110, 116 1° párrafo de la Ley N° 17.418.

Fuente: El Cronista

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